BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 03/06/22

RESOLUCION Nº 317-DPRH/2022.-

EXPTE. N° 0613-308/18 – II CUERPOS.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE ABRIL DE 2022.-

VISTO:

El EXPTE. Nº 0613-308/2018 que consta de II CUERPOS,  en el que se tramita la reconstrucción del expediente administrativo 0613-503/11: “SALES DE JUJUY DENUNCIA DESCUBRIMIENTO DE AGUA SUBTERRANEA Y SOLICITA CONCESION” y;

CONSIDERANDO:

Que mediante nota Nº 2781-ME/2021 la apoderada de la Empresa Sales de Jujuy S.A. solicita ampliación 20 lt/s a 35 l/s.  del permiso de uso de agua con destino industrial y minero para el PROYECTO OLAROZ, que serán extraídos del WSE-01 (X: 7427512,95 – Y: 34444748,457) de la cuenca del Río Rosario. – Dpto. Susques de la Provincia de Jujuy –ETAPA DE EXPLOTACION.

Que a fs. 209 el Sector Áridos, Minas y Pozos informa que es factible la ampliación, manifestando que no existiría impedimento alguno a este pedido para ampliación de permiso durante 30 años,  asimismo deberá presentar un balance hídrico integral de la cuenca Olaroz –Cauchari  cada año con el fin de llevar control de la misma.

Que el Departamento Recaudaciones y Gestión Comercial a fs. 209 vuelta no hace objeción alguna para tal ampliación solicitada.

Que conforme lo establecido en el título I “del Uso de Agua Publica, Parte I – Sección III “De las concesiones” de la ley 161/50 Código de Agua de la Provincia de Jujuy, Leyes Complementarias y requisitos establecidos por esta dirección.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1842-OP-96, 065-ISPTy V/19 y 066-ISPTy V/19.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la Empresa Sales de Jujuy S.A., la ampliación del permiso del uso de agua para la etapa de Explotación de hasta 35 lts/seg, extraído del Pozo WSE-01, ubicado en la Cuenca del Río Rosario, para el Proyecto Olaroz, del departamento de Susques de la Provincia de Jujuy, por el termino de 30 años por motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 2°.- La firma Sales de Jujuy deberá presentar ante esta autoridad la siguiente documentación y cumplir con las siguientes obligaciones­­:

 

  • Presentar un Balance Hídrico integral de la Cuenca Olaroz – Cauchari una vez cumplido el año.
  • Informar a esta dirección, de manera mensual el volumen de agua extraída, así como la calidad de agua.
  • Instalación de caudalímetros en los pozos donde se extraerá el agua para mantener un registro diario de los caudales extraídos.
  • Realizar muestreos de agua subterránea informando mensualmente los resultados obtenidos.
  • Informar los resultados de las campañas de monitoreos de aguas superficiales y subterráneas llevadas a cabo por la Empresa.

 

ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento de parte de la empresa SALES DE JUJUY S.A. de cualquiera de las exigencias establecidas en la cláusula que antecede facultara a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a revocar sin más trámite, el presente permiso.-

ARTÍCULO 4°.- La Dirección Provincial de Recursos Hídricos no será responsable por la falta o disminución del caudal de agua expresado en la concesión, por causas naturales (art.14 de la Ley 161/50 Código de Aguas).-

ARTÍCULO 5°.- Publicar en el Boletín oficial y en un diario local por el término de cinco días, en los términos de lo establecido en el artículo 20 del Código de Agua.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, tomen conocimiento del SIGAC las Departamentos Divisiones de la Repartición. Agréguese copia a los presentes obrados para prosecución del trámite. Cumplido, archívese.-

Ing. Guillermo A Sadir

Director

27/30 MAY. 01/03/06 JUN.-