BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 30/05/22

RESOLUCION Nº 1015-E/2022.-

EXPTE. Nº 1056-18612/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita las inasistencias injustificadas de la Sra. Mónica Isabel Abán, D.N.I. N°22.636.159; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 01/19 obra informe emitido por la Encargada de Sección Licencias de Nivel Inicial y Primario del Ministerio de Educación, en el cual se detallan las inasistencias injustificadas durante el periodo lectivo 2017 de la docente Sra. Abán, Mónica Isabel – D.N.I. N° 22.636.159, adjuntando además fotocopias autenticadas de sus correspondientes notificaciones;

Que, por Resolución N° 0378-D.E.P.-2019 de fecha 23 de abril del año 2019, emitida por la Dirección de Nivel Primario del Ministerio de Educación, se dispuso ordenar el inicio del sumario administrativo a la Sra. Abán, Mónica Isabel — D.N.I. N° 22.636.159, Maestra Especial de Actividades Prácticas Titular de la Escuela N° 214 “Ejército del Norte” de la Localidad de Perico departamento “El Carmen”, como consecuencia de inasistencias injustificadas durante el periodo 2017;

Que, obran informes de Sección Personal del Área Recursos Humanos (fs. 33), Sección Licencias de Nivel Inicial y Primario (fs. 34/36) y de Sala Inicial y Primaria de Junta Provincial de Calificatión Docente del Ministerio de Educación (fs. 37);

Que, a fs. 42/43 obran Conclusiones Finales emitidas por el Departamento Sumarios del Área Recursos Humanos del Ministerio de Educación, de las que se desprende que la sumariada ha incurrido durante el ciclo lectivo 2017 en seis (06) faltas y doce (12) media faltas conforme lo normado por el Art. 43 de la Resolución N° 510/86 que aprueba el Reglamento de Licencias de Nivel Primario, las que computadas en total equivalen a doce inasistencias declaradas injustificadas y oportunamente notificadas a la sumariada.

Que, el Instructor Sumariante del Departamento Sumarios del Ministerio de Educación concluye que no registrando la docente sanciones disciplinarias por inasistencias injustificadas, conforme surge del informe de Sección Personal de fs. 33, corresponde aplicar a la docente la sanción encuadrada en el Artículo 67 Inciso ch) del Estatuto Docente – Ley 2531;

Que, de las constancias agregadas en autos surge que se han cumplido las etapas procesales de rigor, habiéndosele asegurado a la agente el derecho de defensa conforme el procedimiento administrativo pertinente.

Que, obra dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo, del cual se desprende que corresponde aplicar a la Sra. Mónica Isabel Abán – D.N.I. N° 22.636.159, Maestra Especial de Actividades Prácticas Titular de la Escuela N° 214 “Ejército del Norte” de la Localidad de Perico departamento El Carmen, la sanción disciplinaria de ocho (08) días de suspensión sin prestación de servicios ni goce de haberes, prevista en el Estatuto Docente.-

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dispónese la aplicación de la sanción de ocho (08) días de SUSPENSIÓN a la Sra. Abán, Mónica Isabel – D.N.I. N° 22.636.159, Maestra Especial de Actividades Prácticas Titular de la Escuela N° 214 “Ejército del Norte” de la Localidad de Perico departamento El Carmen, conforme Artículo 66 inciso ch) del Estatuto Docente Ley N° 2531, y en virtud de lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar a la agente de los términos del presente acto resolutivo.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Primaria, Dirección Provincial de Administración, Área Recursos Humanos, Liquidaciones, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria. Cumplido, archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación