BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/22

RESOLUCION Nº 2502-MPA/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAY. 2.022.

VISTO:

El Expediente MPA-AG-67-2022; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 3 y 6 lucen sendas notas presentadas por el Director del Organismo de Investigación mediante la cual adjunta formularios de pedidos internos para la adquisición de insumos y elementos de trabajo descartables para el departamento de criminalística, medicina y laboratorio forenses.

Que, a fs. 2, se adjunta Formulario de Pedido Interno, suscripto por la Licenciada Carla Caccioppoli coordinadora del Organismo de Investigación, en el cual solicita trescientos (300) camisolín con puño descartable de 30gr.; novecientos (900) camisolín con puño descartable de 45gr ; novecientas (900) cofias plizadas;  nueve (09) cajas de guantes de látex talle “S”; nueve (09) cajas de guantes látex talle “M”; quince 15 cajas de guantes de nitrilo Talle “S”; quince (15) cajas de guantes de nitrilo Talle “M”; quince (15) cajas de guantes de nitrilo Talle “L”; novecientos (900) cubre calzados x pares; novecientos (900) barbijos N95 con válvula y seiscientos (600) barbijos de tela con elástico; manifestando al pie de dicho formulario la justificación de la necesidad de adquisición e indicando un precio estimativo.

Que, a fs. 7 rola ampliación del pedido interno de fs. 2 firmado por la licenciada Carla Cacciopoli, coordinadora del Organismo de investigación, mediante el cual solicita trescientos (300)  mamelucos descartables talle “L”; seiscientos (600) mamelucos descartables talle “XL”; quince (15) paq. de algodón x 500 grs.; nueve (09) bisturí N° 22 x 100 unidades; diez (10) cinta adhesiva x 5 cm de tela; trescientos (300) tubos tipo EDTA; un mil (1000) hisopos estériles individuales; manifestando al pie de dicho formulario la justificación de la necesidad de adquisición e indicando un precio estimativo.

Que, a fs. 8 el departamento de Contrataciones y Compras informa que controló que las solicitudes de fs. 2 y 7 contengan la justificación de la necesidad de adquisición, las características técnicas y un valor indicativo; informa además la inexistencia en stock de los bienes solicitados.

Que, a fs. 9 el departamento Contable agrega informe de imputación presupuestaria preventiva de la partida 2.1.1.0 “Bienes de Consumo” por $ 1.094.000,00 (Pesos Un Millón Noventa y Cuatro Mil 00/100); informando además que se cuenta con crédito presupuestario en la mencionada partida para hacer frente a la erogación que demanda el gasto; y que conforme al monto estimado de la contratación, la misma encuadra como contratación directa, en atención a lo dispuesto en el Artículo 1 inc. d), del Decreto Acuerdo Nº 2934-HF-2.021.

Que, a fs. 10 el departamento de Contrataciones y Compras informa listado de proveedores a invitar; cuyos datos se encuentran en la base de datos del Sistema de Gestión Integral del MPA.

Que, a fs. 12/14 se agregan solicitudes de presupuesto remitidas por correo electrónico a las firmas “MEDIMAX”; “OVIMEDIC”; “ACECESORIOS MEDICOS”; “C y C MEDICALS JUJUY S.R.L.”; “VELEZ “JORGE LUIS”; “HERNAN ALEJANDRO NISTAL” y “ABITO S.A.S BIO PLUS”.

Que, a fs. 16/33 se agregan correos electrónicos con cotización y documentación adjunta, remitidos por las firmas “MEDIMAX”; “C y C MEDICALS JUJUY S.R.L.” y “ABITO S.A.S BIO PLUS”, en tanto las firmas “OVIMEDIC”; “ACECESORIOS MEDICOS”; “VELEZ “JORGE LUIS” y “HERNAN ALEJANDRO NISTAL” no presentaron ofertas.

Que, a fs. 35/36 el Director del Organismo de Investigación presenta informe de cumplimiento técnico de las ofertas presentadas manifestando que “en relación a los presupuestos remitidos por las firmas BIO PLUS; JUJUY MEDICALS Y MEDIMAX cumplen con todas las especificaciones técnicas correspondientes requeridas para los elementos solicitados”; hace además las siguientes aclaraciones:

“ITEM 1 – CAMISOLINES CON PUÑO ELASTICO DESCARTABLES 30GRS. La firma MEDIMAX Y la firma C Y C MEDICALS JUJUY cotizaron camisolines de la marca KRATEC que son de frizelina, dicho material no es conveniente su utilización en la criminalística forense, debido a se adhieren las partículas. Por lo que no cumplen con las especificaciones técnicas requeridas”.

“ITEM 2 – CAMISOLINES CON PUÑO ELASTICO DESCARTABLES 45GRS. La firma MEDIMAX Y la firma C Y C MEDICALS JUJUY cotizaron camisolines de la marca KRATEC que son de frizelina, dicho material no es conveniente su utilización en la criminalística forense debido a se adhieren las partículas. Por lo que no cumplen con las especificaciones técnicas requeridas”.

“ITEM 10: BARBIJOS N95 CON VALVULA: La firma Medimax cotiza en el ítem 10, barbijo N95 SIN válvula. Por lo que no cumple con las especificaciones técnicas requeridas. La firma C y C Medicals Jujuy no cotiza el ítem 10. Y la firma BIO PLUS cotiza el ítem 10, barbijo N95 CON VALVULA, dicho artículo cumple con las especificaciones técnicas requeridas”.

Que, a fs. 37 obra “Cuadro Comparativo de Precios”, en el mismo, el departamento de Contrataciones y Compras sugiere adjudicar a la firma “ABITO S.A.S BIO PLUS” CUIT N° 30-71626534-6 la contratación directa de los renglones N° 1, 2, 9, 10, 11, 12 y 13 por la suma de  $ 1.207.500,00 (Pesos Un Millón Doscientos Siete Mil Quinientos con 00/100) y a la firma “C y C JUJUY MEDICALS S.R.L” CUIT N° 33-71541478-9 la contratación directa de los renglones N° 3, 4, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 por la suma de $ 72.930,00 (Pesos Setenta y Dos Mil Novecientos Treinta con 00/100). El monto total de la contratación asciende a la suma de $ 1.280.430,00 (Pesos Un Millón Doscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Treinta con 00/100).

Que, a fs. 38 el Departamento Contable agrega informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida 2.1.1.0 “Bienes de Consumo” por la suma de $ 1.280.430,00 (Pesos Un Millón Doscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Treinta con 00/100), informando nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Que, a fs. 39/41 ha tomado intervención de su competencia la Secretaría Legal y Técnica habilitada emitiendo dictamen favorable a la adquisición de los bienes requeridos a fs. 2 y 7.Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17° inc. d) de la Ley Provincial Nº 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- ADJUDICAR la contratación directa a:

a) La firma “ABITO S.A.S BIO PLUS” CUIT N° 30-71626534-6 para la adquisición de:

i. Renglón N°1: Trescientos (300) CAMISOLINES CON PUÑO ELÁSTICO

DESCARTABLES 30 GRS.

ii. Renglón N°2: Novecientos (900) CAMISOLINES CON PUÑO ELÁSTICO

DESCARTABLES 45 GRS.

Renglón N°9: Novecientos (900) PARES DE CUBREBOTAS

DESCARTABLES. iv. Renglón N°10: Novecientos (900) BARBIJOS N95 CON VALVULA PARA POLVO MARCA STEELPRO.

iii. Renglón N°11: Seiscientos (600) BARBIJOS TRICAPA DESCARTABLE

CON ELASTICO.

iv. Renglón N°12: Trescientos (300) MAMELUCOS DESCARTABLES TALLE

“L” TIPO DUPONT.

v. Renglón N°13: Seiscientos (600) MAMELUCOS DESCARTABLES TALLE “XL” TIPO DUPONT.

 

MONTO ADJUDICADO: $ 1.207.500,00 (Pesos Un Millón Doscientos Siete Mil Quinientos con 00/100).

b) La firma “C y C JUJUY MEDICALS S.R.L” CUIT Nº 33-71541478-9 para la adquisición de:

i. Renglón Nº 3: Novecientas (900) COFIAS PLIZADAS.

ii. Renglón Nº 4: Nueve (09) CAJAS DE GUANTES DE LATEX TALLE “S”.

iii. Renglón Nº 5: Nueve (09) CAJAS DE GUANTES DE LATEX TALLE “M”.

iv.Renglón Nº 6: Quince (15) CAJAS DE GUANTES DE NITRILO s/polvo azul TALLE “S”.

v. Renglón Nº 7: Quince (15) CAJAS DE GUANTES DE NITRILO s/polvo azul TALLE “M”.

vi Renglón Nº 8: Quince (15) CAJAS DE GUANTES NITRILO s/polvo azul

TALLE “L”.

vii Renglón Nº 14: Quince (15) PAQUETES DE ALGODÓN POR 500 GRS.

viii Renglón Nº 15: Nueve (09) CAJAS DE BISTURI Nº22 X 100 U.

 

MONTO ADJUDICADO: $ 72.930,00 (Pesos Setenta y Dos Mil Novecientos Treinta con 00/100).

 

Artículo 2°.- ORDENAR la emisión de las correspondientes Órdenes de Compra y libramientos de pago a favor de las firmas “ABITO S.A.S BIO PLUS” CUIT N° 30-71626534-6- y “C y C JUJUY MEDICALS S.R.L” CUIT Nº33-71541478-9 por los importes consignados en el anterior.

Artículo 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será imputada a la partida presupuestaria 2.1.1.0 “Bienes de Consumo”, del presupuesto vigente.

Artículo 4°.- ORDENAR a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. –

Artículo 5°.- Regístrese y notifíquese.-

 

Lello Sergio Enrique

Fiscal General