BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 13/04/22

RESOLUCION Nº 816-E/2022.-

EXPTE. Nº CU-1050-132-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAR. 2022.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la cobertura, con carácter provisional, de los cargos vacantes de Supervisores de Nivel Primario que figuran en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución, de conformidad a lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que, una vez agotada la instancia judicial que tramita por los Expedientes N° C-142738/19 y N° 171559/21, y las sentencias que dicte el Órgano Jurisdiccional queden firmes y consentidas, se llamará a concurso para cobertura de cargos titulares vacantes de Supervisor de Nivel Primario.-

ARTÍCULO 3°.- Establézcase que podrán participar en el presente concurso de antecedentes para cargos de Supervisores de Nivel Primario, los Directores y Vicedirectores Titulares de Escuelas de 1° y 2° categoría que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 29° del Estatuto del Docente Provincial (Ley N° 2531/60):

a) Poseer título de Profesor de Enseñanza Primaria.

b) Ser argentino nativo o naturalizado.

c) Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de escuela superior, pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios. continuados en la docencia provincial.

d) Tener concepto profesional BUENO durante los últimos (5) años y no registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior.

 

ARTÍCULO 4º.- Considérase en forma provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales, hasta que la resolución del caso sea definitiva. Si concluido el sumario, el concursante resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 67° en sus incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestimará su inscripción y participación en el presente concurso.-

ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la Junta Provincial de Calificación Docente la sustanciación del presente concurso en lo que respecta a:

 

a) Difusión.

b) Inscripción.

c) Exhibición del cuadro provisorio de orden de mérito.

d) Recepción de reclamos y/o impugnaciones.

e) Exposición del cuadro definitivo de orden de mérito de los postulantes al cargo de Supervisor de Nivel Primario.

f) Ofrecimiento de cargos.

g) Fecha de Toma de Posesión del cargo.

 

ARTÍCULO 6º.- Encomiéndase a la Dirección de Educación Primaria, Supervisión General del Nivel Primario, Supervisores de Nivel Primario y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la comunicación de la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, agréguese copia en autos, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente, Dirección de Educación Primaria, Equipo Técnico Ministerial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación