BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 13/01/16

RESOLUCION  Nº 049-EARPU-2015.-    

EXPTE. Nº 950-83/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2015.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Los Contratos de Locación de Servicios celebrados entre el Presidente del Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, Ing. Alberto Sergio Busignani y la Agente: Brito, Ana Lucia; Chorolque, María Alicia; Correa Berbel, Adriana Inés; Fernández, María Lorena; García, María Carolina; Luna, Sofía Florencia; Sánchez, Romina Natalia; Barazzul Fascio, Antonella; Farfán, Sebastián Dante; Stiglitz, José Ignacio; Zamar, Zamira; Bin, Magali Mercedes; Cabrera Espinosa, Ana Alejandra; Flores, Julio Argentino; López, Jorge Fabián; Mamani, Tomás Rubén; Nasif, Sergio Luis; Ruiz, Fabiola Marisel; Torgnielli, Héctor Ricardo; Anachuri Brunet, Natalia Soledad; Gómez, María Belén; Quispe Brunet, Silvana Elizabeth; Soria Hugo Alejandro; Cernuschi, Antonela; Durand Valeria Eugenia; Cisneros, María Virginia; Portillo, Flavio Carlos Lionel y Cuevas, Mercedes del Valle.-

Que mediante la Ley Nº 5694/11, se ha creado el ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA, como entidad autárquica del Estado Provincial, con autonomía presupuestaria, financiera, funcional y administrativa.-

Que, el Poder Ejecutivo Provincial ha dictado el Decreto Nº 175-G-2012, de fecha 20 de enero de 2012, cuyo Art.8º autoriza al Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana a contratar y a solicitar transferencias y afectaciones de personal necesario para el cumplimiento de los fines establecidos en su ley de creación.

Que, en tal sentido dichas contrataciones son a todos son efectos de cumplir funciones especificas y profesionales en el Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, en marco de la misión y funciones asignadas por la legislación vigente.-

Que se ha cumplido con la documentación requerida por la legislación vigente, la autorización exigida por la Ley Nº 5233 “De Mantenimiento de Emergencia Económica y Administrativa” y , los informes de rigor de la Dirección Provincial de Personal; Informe Presupuesto de este Organismo y Dictamen de Asesoría Legal compartido por Fiscalía de Estado.-

Por ello, y a los fines de su regularización administrativa, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial Nº 5694, el Decreto Reglamentario Nº 175-G-2012 y de conformidad al Decreto-Acuerdo Nº 1378-G-12, el PRESIDENTE del ENTE AUTARQUICO REGULADOR DE PLANIFICACION URBANA.-

RESUELVE:

EL PRESIDENTE DE PLANIFICACION URBANA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTICULO 1º.Téngase por aprobados y por cumplidos los Contratos de Locación de Servicios  celebrados entre la el Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, representado por su Presidente, el Ing. Alberto Sergio Busignani y los Agentes, que seguidamente se nominan, quienes prestan servicio bajo dependencia de dicho Organismo, en las funciones y con la remuneraciones que cada caso se indican;..

 

Ing. Alberto Sergio Busignani

Presidente

Ente Regulador de Planificación Urbana