BOLETÍN OFICIAL Nº 35 ANEXO – 25/03/22

DECRETO Nº 5088-HF/2022.-

EXPTE. Nº 500-565/21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 ENE. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébanse los términos y condiciones de la enmienda al Contrato de Financiamiento, la dispensa a ser otorgada por BBVA en favor de la Provincia que se integran como anexos al presente, así como de todos sus documentos accesorios y ancilares, y la suscripción a realizar por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas, cuyos textos se integran como anexos al presente, en el marco y en los términos de las Leyes N° 6.011, N° 6.013 y N° 6.096 y de conformidad a lo expresado en el exordio del presente.-

ARTICULO 2º.- Conforme lo dispuesto por el Artículo 2 de la Ley 6096, el texto de la enmienda al Contrato de Financiamiento y de la dispensa a ser otorgada por BBVA mantienen la sujeción a ley extranjera y la prórroga de jurisdicción aplicables al Contrato de Financiamiento.-

ARTICULO 3º.- Facúltese al Señor Ministro de Hacienda y Finanzas a suscribir la enmienda al Contrato de Financiamiento y la aceptación de la dispensa otorgada por BBVA, sus documentos accesorios o ancilares y cualquier otro documento que pueda modificar y/o complementar el Contrato de Financiamiento y sus documentos accesorios o ancilares.-

ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR