BOLETÍN OFICIAL Nº 34 ANEXO – 23/03/22

DECRETO Nº 4585-DEyP/2021.-

EXPTE Nº 246-01/2006.-

Agre. Expte. N° 644-20-2002;

644-321-2005 y 662-027-2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Al solo efecto de su regularización administrativa, téngase por limitada al día 1° de marzo de 2001 la Licencia concedida mediante Decreto N° 6057-E-98, al Sr. Rodolfo Orlando Nieto – Categoría 13, Personal de Planta Permanente dependiente de la Ex Dirección Provincial de Agricultura, Ganadería y Forestación.-

ARTICULO 2°.-  Al sólo efecto de su regularización administrativa téngase por concedida y por cumplida la Licencia Sin Goce de Haberes del Sr. Rodolfo Orlando Nieto en el cargo Categoría 13, Personal de Planta Permanente de la Ex Dirección Provincial de Agricultura, Ganadería y Forestación a partir del día 1° de marzo de 2001 hasta el día 09 de diciembre de 2001; y a partir del día 10 de diciembre de 2001, hasta el día 10 de diciembre de 2005, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 7° de la Ley N° 4352.-

ARTICULO 3°.-  Al sólo efecto de su regularización administrativa téngase por concedida y por cumplida la Licencia Sin Goce de Haberes del Sr. Rodolfo Orlando Nieto en el cargo Categoría A-2, Personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal a partir del día 10 de diciembre de 2005 y hasta el día 4 de febrero de 2014 y en el Cargo Categoría A-1 desde el 5 de febrero de 2014 hasta el día 10 de diciembre de 2015, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 4352.-

ARTICULO 4°.- Concédase Licencia sin Goce de Haberes por Cargo de Mayor Jerarquía al Sr. Rodolfo Orlando Nieto, en el Cargo Categoría 14, Personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, a partir del día 10 de diciembre de 2005 y hasta el 10 de diciembre de 2019, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 10°, inc. b) de la Ley N°4755.-

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas,  comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Dése a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, a la Dirección Provincial de Presupuesto: Dirección Provincial de Personal para su conocimiento y demás efectos. Vuelva al Ministerio de desarrollo Económico y Producción y gírese a la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR