BOLETÍN OFICIAL Nº 32 ANEXO – 18/03/22

DECRETO Nº 4687-S/2021.-

EXPTE Nº 721-481/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de recursos vigente, Ejercicio 2021- Ley 6213, conforme se indica a continuación:

 

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

U. de O.: R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson

TRANSFIERASE

DESDE:

 

Categoría     N° de Cargos

24 (c-4)                1

Agrup. Tecnico

Escalafon General

Ley N° 3161/74

 

TOTAL         1

 

A:

 

U. de O.: R6-01-2 Hospital “Pablo Soria”

 

Categoría     N° de Cargos

 

24 (c-4)                1

Agrup. Técnico

Escalafón General

Ley N° 3161/74

 

TOTAL         1

 

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

 

U. de O.: R 6-01-15 Hospital “General Manuel Belgrano”

 

SUPRIMASE

 

Categoría     N° de Cargos

 

24 (c-4)                1

Agrup. Técnico

Escalafón General

Ley N° 3161/74

 

CREASE

Categoría     N° de Cargos

 

10 (c-4)                1

Agrup. Técnico

Escalafón General

Ley N° 3161/74

 

ARTÍCULO 2°.- Transfiérase cargo y persona de la Sra. Liliana Beatriz Herrera, CUIL 27-24510139-8, cargo categoría 11 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, personal planta permanente de la U. de O. R 6-01-15 Hospital “General Manuel Belgrano” a la U. de O. R 6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson, a partir de la fecha del presente Decreto.‑

ARTÍCULO 3°.- Dejase establecido la creación de un cargo vacante Categoría 10 (c-4), Agrupamiento Técnico, Ley N° 3161/74, en la U. de O: R 6-01-03 Hospital “Gral. Manuel Belgrano”, para su posterior llamado a concurso.‑

ARTÍCULO 4°.- La erogación emergente del, presente decreto se atenderá con la partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recurso, Ley N° 6.213, que a continuación se indica:

EJERCICIO 2.021

La partida de Gastos en Personal, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson y Unidad de Organización R 6-01-15 Hospital “General Manuel Belgrano”.‑

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR