BOLETÍN OFICIAL Nº 32 ANEXO – 18/03/22
EXPTE Nº 200-029/2014.-
Agdos. N° 700-703/13 y N° 715-1696/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto el Decreto N° 5583-S-14, de fecha 10 de setiembre de 2014, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Téngase por promovida a la Sra. Resalía Lora, DNI N° 4.141.179 al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O. R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, por el periodo comprendido entre el 1° de enero de 2014 y el 31 de julio de 2017.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demandará lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida presupuestaria que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2021, Ley N° 6213, indica a continuación:
EJERCICIO 2021:
La partida 3-10-15-01-27-00 “Gtos. De Juicio contra el Estado Pcial.-Fiscalía de Estado”, Jurisdicción “L” Deuda Pública, Unidad de Organización L Deuda Pública.‑
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR