BOLETÍN OFICIAL Nº 31 ANEXO – 16/03/22
EXPTE. Nº 500-452-21.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Artículo 2° del Decreto N° 1038-HF/20, de conformidad con lo expresado en los considerandos.-
ARTICULO 2°.- Dispóngase que a partir del 22 de octubre del corriente año, el C.P.N. EDUARDO FEDERICO CARDOZO, C.U.I.L. N° 20-22777345-7, percibirá por sus funciones la retribución correspondiente al cargo de TESORERO DE LA PROVINCIA.-
ARTICULO 3°.- Otórguese al C.P.N. EDUARDO FEDERICO CARDOZO, C.U.I.L. N° 20-22777345-7, licencia por cargo de mayor jerarquía en su cargo de Planta Permanente de la U. de O. G-14 – Jurisdicción G – Organismos Descentralizados, a partir del 23 de octubre de 2.021.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Luego, pase a conocimiento del Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR