BOLETÍN OFICIAL Nº 31 ANEXO – 16/03/22

DECRETO Nº 984-S/2020.-

EXPTE. Nº 714-2529/14.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por la Dra. Dra. Laura Mabel Calisaya, CUIL 27-21576863-0, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con el adicional por permanencia en guardia del 30 % a partir del 22 de febrero de 2011, y del 60 % a partir del 22 de febrero de 2016.-

ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Dra. Laura Mabel Calisaya, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 22 de febrero de 2011, y del 60 % a partir del 22 de febrero de 2016, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2020

El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6149, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria, la partida Gastos en Personal.-

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR