BOLETÍN OFICIAL Nº 28 ANEXO – 09/03/22
EXPTE Nº 660-204/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a realizar el alta en el Sistema Provincial de Administración de Personal (SIPRAP) de los mencionados en el Anexo I del presente a partir del día 1º de noviembre de 2021.-
ARTICULO 2°.– Téngase por rescindidos los contratos de los agentes mencionados en el ANEXO I con el Banco de Acción Social – Ente Residual a partir del día 31 de octubre de 2.021.-
ARTICULO 3°.– Instrúyase a Contaduría de la Provincia, para liquidar los salarios de los agentes incorporados por Artículo 1° respetando la remuneración correspondiente al mes de agosto de 2021 (categoría y adicionales), y la antigüedad que revestían en el Banco de Acción Social — Ente Residual.-
ARTICULO 4°.- Dispónese la liquidación del Banco de Acción Social – Ente Residual, facultando al Ministerio de Hacienda y Finanzas, para la atención de los pasivos que no hayan sido alcanzados por el instituto de la prescripción.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Desarrollo Económico y Producción, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 6°.- Regístrese, pase para toma de razón a Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, al Ministerio de Hacienda y Finanzas Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, ARCHIVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR