BOLETÍN OFICIAL Nº 26 ANEXO – 04/03/22
EXPTE. Nº 728-03/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por otorgada, la Licencia Sin Goce de Haberes, por cargo de mayor jerarquía a partir del 10 de diciembre de 2.017 y por el término de cuatro (4) años, al Sr. Wilfredo César Valdiviezo, CUIL 20-23434161-9, en el cargo categoría 5 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161, en la U. de O.: R 6-01-16 Hospital “Nuestra Señora del Rosario”.‑
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Sra. Inés Albana Quispe, CUIL 27-33648065-0, en el cargo categoría 4 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161, en la U. de O.: R 6-01-16 Hospital “Nuestra Señora del Rosario”, a partir del 1 de enero de 2.018 y mientras dure la licencia de su titular.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida del Presupuesto General de pastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2.021, Ley N° 6213, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2.021:
Con la respectiva partida de “Gastos en Personal” asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 6-01-16 Hospital “Nuestra Señora del Rosario”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 5°.- Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR