BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 25/02/22

RESOLUCION Nº 024-SUSEPU.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ENE. 2022.-

Cde. Expte Nº 0630-731/2021.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado “EJSED S.A. E/CUADRO TARIFARIO A USUARIO FINAL Y COSTOS DE INSTALACION DE MED SIN REDES DESDE EL 1° DE NOVIEMBRE 2021 AL 30DE ABRIL DE 2022.”; y

CONSIDERANDO:              

Que, por el Expediente mencionado en el visto, EJSED S.A. mediante nota GE Nº 043/2021, realizó la presentación solicitando la Redeterminación de los Cargos Tarifarios y de los costos de instalación del Mercado Eléctrico Disperso (MED).-

Que, el Artículo 2° de la Resolución N°132-SUSEPU-2021 aprueba para el quinquenio 2021–2026 el ANEXO I y SUBANEXOS que conforman el Contrato de Concesión de EJSED S.A., determinándose el procedimiento de cálculo de las tarifas plenas y tarifas a usuario final.-

Que, el Artículo 3° de la citada Resolución, aprueba el Cuadro de Tarifas Plenas y el Cuadro de Tarifas a Usuario Final a aplicarse con la facturación del 1° de mayo de 2021 y se emplea como base para el presente cálculo de ajuste.-

Que, el inciso 3.1.1 “Factor de Ajuste semestral”- punto 3 “MONITOREO Y REDERMINACION DE LOS CARGOS TARIFARIOS”- ANEXO I- SUBANEXO 3 “PROCEDIMIENTO DE CALCULO DE LAS TARIFAS PLENAS Y TARIFAS A USUARIO FINAL”, establece el procedimiento de redeterminación a través de la polinómica de ajuste allí descripta.-

Que, transcurridos los seis meses de la última revisión realizada para el semestre Mayo/2021- Octubre/2021, aprobada por Resolución N° 132-SUSEPU-2021, corresponde el análisis del Proceso de Evaluación de los parámetros de fijación del Cuadro Tarifario de EJSED S.A.-

Que, para el cálculo de los indicadores se utilizan los índices que publica el INDEC, en este caso son:

ISSP: Índice de Salarios del Sector Privado Registrado del INDEC.-

IPC: Índice del Nivel General de Precios al Consumidor publicado por el INDEC.-

IPIM: Índice del Nivel General de Precios Industriales Mayoristas publicados por el INDEC.-

IMyAE: Índice de Máquinas y Aparatos Eléctricos (Rubro 31 del IPIM) publicado por el INDEC.-

Que, aplicando el procedimiento de redeterminación se verifica que el Factor de Ajuste semestral “FA” alcanza el valor FA= 1,19711, resultando mayor al +5% fijado como límite superior de la Banda de Tolerancia Establecida, por lo que corresponde efectuar la actualización de los cargos tarifarios del MED SIN REDES.-

Que, la aplicación del “FA” establece el valor de los Requerimientos Económicos Estabilizados (RE) correspondientes a la fecha 31/10/2021 en PESOS CIENTO DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 00/100 ($102.042.919).-

Que, el Dpto. Control de Tarifas ha analizado la presentación efectuada por EJSED S.A., y ha emitido el informe correspondiente.-

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos comparte el informe realizado por el Dpto. Control de Tarifas.-

Que, es facultad de la SUSEPU, de acuerdo a lo que establece el punto 9- Artículo 5º de la Ley Nº 4937/1996, aprobar los Cuadros Tarifarios de los Servicios Concesionados.-

Por todo ello; y en ejercicios de sus funciones:

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el Cuadro Tarifario para el Mercado Eléctrico Disperso de la Empresa EJSED S.A. que tendrá aplicación en el periodo comprendido entre el 1° de noviembre de 2021 y el 30 de abril del 2022, y cuyos valores se encuentran en el ANEXO I de la presente.-

ARTICULO 2°.– Publicar en Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda. Notificar a EJSED S.A. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos y del Usuario. Cumplido archivar.-

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

 

Anexo I

Cuadro Tarifario de la Empresa EJSED S.A. Para el Período 1 de Noviembre/2021 al 30 de Abril/2022.-

Tarifas Plenas y Tarifas a Usuario Final

Servicio Potencia Instalada por servicio ENPAD/ usuario Cargo Fijo C. Variable Tarifa Plena Subsidio por usuario MED Cargo Tarifario Usuario MED
  Wp kWh/mes $/mes $/kWh $/mes $/mes $/mes
TDI-007 100 7,5 1.993,90 33,27 2.243,45 1.993,90 249,55
TDI-011 150 11,25 1.993,90 33,27 2.368,22 1.993,90 374,32
TDI-015 200 15 1.993,90 33,27 2.492,99 1.993,90 499,09
TDI-022_220 300 22,5 1.993,90 33,27 2.742,54 1.993,90 748,64
TDI-025_220 330 24,75 1.993,90 33,27 2.817,40 1.993,90 823,50
TDI-030_220 400 30 1.993,90 33,27 2.992,09 1.993,90 998,19
TDI-045_220 600 45 1.993,90 33,27 3.491,18 1.993,90 1.497,28
TDI-090_220 1200 90 1.993,90 33,27 4.988,46 1.993,90 2.994,56
TDI-180_220 2400 180 1.993,90 33,27 7.983,01 1.993,90 5.989,11
TDI-225_220 3000 225 1.993,90 33,27 9.480,29 1.993,90 7.486,39
TDI-260_220 3500 262,5 1.993,90 33,27 10.728,03 1.993,90 8.734,13

 

Costos de Instalación y Traslado

Categoría ENPAD CIT [$]

 

TDI-007 7,50 450
TDI-011 11,25 450
TDI-015 15,00 450
TDI-022_220 22,50 44.100
TDI-025_220 24,75 44.100
TDI-030_220 30,00 44.100
TDI-045_220 45,00  
TDI-090_220 90,00  
TDI-180_220 180,00  
TDI-225_220 225,00  
TDI-260_220 262,50  

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

25 FEB. LIQ. Nº 27088 $450,00.-