BOLETÍN OFICIAL Nº 23 ANEXO – 23/02/22

DECRETO Nº 4686-S/2021.-

EXPTE. Nº 773-706/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Ténganse por cumplidos los servicios prestados en la Dirección Provincial de Atención Primaria de la Salud – Móvil Sanitario, por las agentes: Ana Alejandra Seimande CUIL 27-22223314-9, cargo categoría 13 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, a partir del 01 de enero de 2015; Gabriela Haydee Gómez CUIL 27-29528147-8, cargo categoría B-1 (i-2), Agrupamiento.- Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, a partir del 09 de abril de 2013; Paola Andrea Catalán CUIL 27-22461432-8, cargo categoría B-1 (i-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, a partir del 01 de enero de 2013; Adriana Alejandra Vaca CUIL 27-30541592-3, cargo categoría A-1 (i-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, a partir del 01 de enero de 2012, y Carla Evangelina Monserrat, CUIL 27-29207503-6, cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, a partir del 01 de Noviembre de 2016.‑

ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria “03-­10-15-01-26 para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, la erogación que demande el pago del adicional por tareas riesgosas de las agentes: Ana Alejandra Seimande, Gabriela Haydee Gómez, Paola Andrea Catalán, Adriana Alejandra Vaca y Carla Evangelina Monserrat, por el periodo comprendido entre el 30 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2017, por encontrarse prescriptos los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los Arts. 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR