BOLETÍN OFICIAL Nº 23 ANEXO – 23/02/22

DECRETO Nº 4659-S/2021.-

EXPTE Nº 773-934/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ejercicio 2021- Ley 6213, conforme se indica a continuación:

TRANSFIERASE

DE:

U de O.: R6-01-14 Hospital “Dr. Salvador Mazza”

Categoría     N° de Cargos

A                      1

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N° 4418

 

A:

U de O.: R6-04 Dirección Provincial de Rehabilitación

Categoría     N° de Cargos

A                      1

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N° 4418

ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada interinamente a la Dra. Analía Anahí del Huerto Benavidez CUIL 23-32877632-4, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de médica en la U. de O.: R6-04 Dirección Provincial de Rehabilitación, a partir del 18 de junio de 2019 y hasta el llamado a concurso correspondiente.

ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, que se indican a continuación:

EJERCICIO 2021

La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-04 Dirección Provincial de Rehabilitación.

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Deuda Pública Provincial 03-10-15-01-26: para Pago Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR