BOLETÍN OFICIAL Nº 23 ANEXO – 23/02/22

DECRETO Nº 4443-S/2021.-

EXPTE Nº 700-555/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 OCT. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ejercicio 2021- Ley 6213, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

TRANSFIERASE

DE:

U de O.: R6-01-11

Hospital “Dr. Oscar Orias”

Categoría                               N° de Cargos

A (j-2)                                    1

Agrup. Prof.

Esc. Prof.

Ley N° 4135 Modif. Ley Nº 4418

TOTAL                   1

A:

U de O.: R6-01-24

Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”

Categoría     N° de Cargos

A (j-2)           1

Agrup. Prof.

Esc. Prof.

Ley N° 4135 Modif. Ley Nº 4418

TOTAL      1

ARTÍCULO 2°.- Téngase por designado en carácter de interino al Dr. Mauro Ezequiel Benicio, CUIL N° 23-32159549-9, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. Ley N° 4418, de la U. de O.: R6­01-24 Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”, a partir del 22 de julio de 2019, y hasta tanto se efectúe el correspondiente llamado a concurso.

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley Nº 6213, que a continuación se indican:

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto. Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR