BOLETÍN OFICIAL Nº 23 ANEXO – 23/02/22

DECRETO Nº 4436-S/2021.-

EXPTE Nº 780-118/2016.-

Y N° 727-284/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 OCT. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente, Ejercicio 2021- Ley 6213, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

TRANSFIERASE

DE:

  1. de O.: R1 Ministerio de Salud

Categoría     N° de Cargos

A (j-1)           2

Agrup. Profesional

Esc. Profesional

Ley N° 4418

TOTAL      2

A:

  1. de O.: R6-01-15 Hospital “Gral. Belgrano”

A (j-1)           2

Agrup. Profesional

Esc. Profesional

Ley N° 4418

TOTAL      2

ARTÍCULO 2°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por el Dr. Luis Ariel Gutiérrez, CUIL 20-31081843-8, al Contrato de Servidos en el cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, que detenta bajo la dependencia de la Secretaría de Salud, a partir del 31 de diciembre de 2018.‑

ARTÍCULO 3°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Dra. Nadia Edith Mamani, CUIL 27-33586460-9, al Contrato de Servicios en el cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón profesional, Ley N° 4418, que detenta bajo la dependencia de la Secretaría de Salud, a partir del 31 de diciembre de 2018.‑

ARTÍCULO 4°.- Téngase por designado a partir del 01 de enero de 2019 al Dr. Luis Ariel Gutiérrez, CUIL 20-31081843-8, en e; cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones en la Unidad de Organización R6-01-15 Hospital “Gral. Belgrano”, de conformidad a lo expresado.‑

ARTÍCULO 5°.- Téngase por designada a partir del 01 de enero de 2019, a la Dra. Nadie Edith Mamani, CUIL 27-33586460-9, en el cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones en la Unidad de Organización R6-01-15 Hospital “Gral. Manuel Belgrano”, de conformidad a lo expresado.‑

ARTÍCULO 6°.- Dispónese que el Hospital “Gral. Belgrano” deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título de los Profesionales Luis Ariel Gutiérrez y Nadia Edith Mamani, como requisito indispensable para la liquidación de sueldos de los cargos individualizados en los artículos 4° y 5°.‑

ARTICULO 7°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá de conformidad a las Siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021, Ley N° 6213, que a continuación se indica:

Ejercicio 2021:

La partida Gastos en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6213, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-15 Hospital Gral. Belgrano.‑

EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTÍCULO 8°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 9°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto. Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR