BOLETÍN OFICIAL Nº 23 ANEXO – 23/02/22
EXPTE Nº 720-156/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 JUN. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Téngase por promovido al Personal de Planta Permanente del Escalafón Profesional, de la U. de O.: R5-04 Centro de Rehabilitación Dr. Vicente Arroyabe”, individualizado en el Anexo I (Ley N° 4413) que forma parte integrante del presente decreto, a partir del 1° de junio de 2015.‑
ARTICULO 2°.- Téngase por promovida a la Lic. María Gabriela Arroyo, CUIL 27-21324869-9, al cargo categoría A-2 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R5-04 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, por el período comprendido entre el 1° de junio y el 17 de agosto de 2015, y al cargo categoría A-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, a partir del 18 de agosto de 2015.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto, se imputó a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6213, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2021
La partida Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R5-04 Centro de Rehabilitación Dr. Vicente Arroyabe.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR