BOLETÍN OFICIAL Nº 20 Anexo – 16/02/22

DECRETO Nº 4543-S/2021.-

EXPTE Nº 720-37/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por promovida a la agente Berta Isabel Taglioli CU1L 27­05009594-6, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O.: R5-04 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, a partir del 1° de enero de 2020, de conformidad a los términos de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07.‑

ARTICULO 2°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:

EJERCICIO 2021:

La partida de Gasto en Personal, que él respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N° 6213, asignada a la Unidad de Organización R5­04 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”.-

EJERCICIOS ANTERIORES (Período  no Consolidado):

Deuda Pública Provincia “03-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, y conforme la disponibilidad de saldó de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de la Contaduría de la Provincia serán remitidas a al Oficina de Crédito Publico a sus demás efectos.-

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100° Bis de la Ley N° 3161/74, modificado por Ley N° 5748.‑

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Misterio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR