BOLETÍN OFICIAL Nº 18 Anexo – 11/02/22
EXPTE Nº 714-1040/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por cumplidos los servicios prestados por permanencia de guardia por la Dra. Sandra Asunción Ayala, CUIL 23-21321946-4, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, del 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 3 de julio de 2007, y en el porcentual del 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 17 de marzo de 2014.‑
ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Dra. Sandra Asunción Ayala, correspondiente al 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de agosto de 2015, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
EJERCICIO 2019
El Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley N° 6113, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaria de Salud, la partida 1-1-1-1-2-153 “Regularización Adicionales Personal-Ministerio de Salud”.‑
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salus a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR