BOLETÍN OFICIAL Nº 18 Anexo – 11/02/22
EXPTE Nº 715-742/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Téngase por reconocido el adicional por Circuito Cerrado del 30% al personal individualizado en el Anexo I que forma parte del presente Decreto, y a partir de la fecha indicada en el mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica”, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, -Ejercicio 2.021- Ley N° 6.213, la erogación que demande el pago del adicional por Circuito Cerrado del 30% al personal y en los periodos determinados respectivamente, que se encuentran individualizados en el Anexo II que forma parte del presente Decreto, por encontrarse prescriptos los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos N° 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR