BOLETÍN OFICIAL Nº 18 Anexo – 11/02/22

DECRETO Nº 4076-HF/2017.-

EXPTE Nº 500-435/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos-Acuerdos N° 4371-H-09, N° 4373-H-09, N° 4374- H-09, N° 4375-H-09, N° 3431-H-13, Nº 3435-H-13 y sus respectivos modificatorios, y el Nº 977-E/­16; un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los Adicionales reconocidos en los mencionados actos administrativos, con el alcance expresado en el exordio que integra el presente.-

Dicho Suplemento se liquidará junto con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del año 2017, a favor del personal que tuviere derecho a percibir el mismo, y en la proporción que por tal concepto le corresponda.-

ARTICULO 2°.- Las disposiciones reglamentarias o interpretativas que demande el cumplimiento del presente ordenamiento, serán dictadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-

ARTICULO 3º.- La erogación emergente del presente, se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, autorizándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su implementación.-

ARTICULO 4°.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente decreto.-

ARTICULO 5°.-  Regístrese.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR