BOLETÍN OFICIAL Nº 17 ANEXO – 09/02/22

DECRETO Nº 4343-S/2021.-

EXPTE Nº 716-119/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.021 Ley N° 6.213, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

  1. de O.: R6-01-04 Hospital San Roque

SUPRIMASE

Categoría                   N° de cargos

A-5 (i-1)                                    1

B-5                                                           1

Agrup. Prof.

Escalafón Profesional

Ley N° 4413

Total                                                       2

CREASE

Categoría                   N° de cargos

A-1 (i-1)                                    2

Agrup. Prof.

Escalafón Profesional

Ley N° 4413

Total                                                       2

ARTÍCULO 2°.- Tén9ase por designada, en carácter de interino a la Licenciada, Cintia Belén de Los Angeles Salas, CUIL 27-33586192-8, en el cargo categoría A­1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones de Licenciada en Trabajo Social en la U. de O.: R 6 -01-04 Hospital San Roque, a partir del de marzo de 2.019 y hasta el llamado a concurso del mismo.‑

ARTICULO 3°.- Téngase por designado, en carácter de interino al Licenciado, Roberto Zelaya, CUIL 20-17561255-7, en el cargo categoría A-1 (1-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones de Licenciado en Servicio Social en la U. de O.: R 6-01-04 Hospital San Roque, a partir del 1 de marzo de 2.019 y hasta el llamado a concurso del mismo.‑

ARTÍCULO 4°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente 2.021 Ley N° 6.213, que a continuación se indica:

EJERCICIO 2021:

Con la respectiva partida de “Gasto en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: la U. de O.: R 6-01-04 Hospital San Roque.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá `elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTICULO  5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR