BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 28/12/05

Icon_PDF_6MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, INFRAESTRUCTURA Y MEDIO AMBIENTE

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

R E S O L U C I O N    Nº        484   -SUSEPU.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19-12-05

Cde. Expte Nº L.P. 0622-0847/2005.-

 

VISTO:

El Expte. Nº 0622-000847-2005 caratulado: “PRESIDENCIA DE AGUA DE LOS ANDES S.A. – EJECUCION DE LAS OBRAS MEDIANTE EL SISTEMA DE VIA MIXTA”; y

 

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia, obra la Disposición Nº 129 de fecha 16 de Septiembre del 2005, por la cual el Presidente de Agua de los Andes Ad Referéndum de este Organismo, establece los requisitos que se deben cumplir para la ejecución de obras por vía mixta;

Que, a criterio de esta Superintendencia, dicha Resolución viene a establecer un marco legal mínimo que era necesario para el procedimiento de ejecución de obras por vía mixta;

Que, es conveniente establecer que en cada oportunidad que se implemente la mencionada Resolución, la convocatoria vecinal deberá realizarse mediante notificación fehaciente a todos los vecinos que involucre el recupero de la obra por vía mixta, con una antelación mínima de diez (10) días y/o mediante publicación en un diario local, en la cual se deberá indicar el lugar, fecha y hora de la reunión y el motivo, como así también se deberá notificar a este Organismo a los fines que envíe un veedor;

Que, en el marco de lo establecido en el párrafo precedente, el Directorio de la SUSEPU entiende que se puede aprobar la Disposición Nº 129/05 dictada por el Presidente de Agua de los Andes S.A.;

Por todo ello, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 4937 y su modificatorias Ley Nº 5242;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar la Disposición Nº 129/2005 dictada por el Sr. Presidente de Agua de los Andes S.A. ad referéndum de este Organismo, en fecha 16 de Septiembre del  2005.-

ARTICULO 2º.- Hacer saber a AGUA DE LOS ANDES S.A. que en cada oportunidad que se implemente la mencionada Resolución, la convocatoria vecinal deberá realizarse mediante notificación fehaciente a todos los vecinos que involucre el recupero de la obra por vía mixta, con una antelación mínima de diez (10) días y/o mediante publicación en un diario local, en la cual se deberá indicar el lugar, fecha y hora de la reunión y el motivo, como así también se deberá notificar a este Organismo a los fines que envíe un veedor.-

ARTICULO 3º.- Publicar en el Boletín Oficial. Notificar a AGUA DE LOS ANDES S.A. Remitir copia al MPIMA. Pasar a los Dptos. Agua, Calidad de Servicios, Legal, Técnico, Control de Tarifas y Usuarios. Cumplido archívese.-

 

Ing. H. A. RODRIGUEZ FRANCILE

PRESIDENTE DE LA SU.SE.PU

28 DIC. LIQ. Nº 50702 $ 11.50