BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 26/01/22
EXPTE Nº 1050-1384-16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal asignada al Ministerio de Educación prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, . Lay .8213, como se indica a Continuación:
SUPRÍMESE DE:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. DE O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
INALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 5 CULTURA Y EDUCACIÓN SIN DISCRIMINAR
Escalafón EO PERSONAL PROFESIONAL – LEY 4413
Categoría Total de Cargos CUPOF
A-1 1 165749
CREASE EN:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. DE O. F4 SECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 5 CULTURA Y EDUCACIÓN SIN DISCRIMINAR
Escalafón EO PERSONAL PROFESIONAL – LEY 4413
De acuerdo al siguiente detalle:
Categoría | Dependencia | Localidad | Departamento | CUPOF |
A-2 | Dirección de Despacho y Asuntos Jurídicos |
San Salvador de Jujuy |
Dr. Manuel Belgrano |
238137 |
ARTÍCULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, Ley 6213, como se indica a continuación:
TRANSFIERASE DE:
JURISDICCIÓN K OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
FINALIDAD 1 ADMINISTRACION GENERAL
FUNCIÓN 7 ADMINISTRACION GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECCIÓN 1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 OPERACIÓN
PART. PPAL. 1 PERSONAL
PART. PCIAL. 1 PLANTA PERMANENTE
PART. S. PCIAL. 1 REMUNERACIONES
PARTIDA 23 Adecuación Personal Ley N° 4413 $ 72.520,20
PARA REFORZAR A:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. DE O. 4 SECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 5 CULTURA Y EDUCACIÓN SIN DISCRIMINAR
SECCIÓN 1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 OPERACIÓN
PART. PPAL. 1 PERSONAL
PART. PCIAL. 1 PLANTA PERMANENTE
PART. S. PCIAL. 1 REMUNERACIONES
PARTIDA 9 Remuneración Básica – Personal Profesional $72.520,20
ARTÍCULO 3°.- Dispónese, con retroactividad al día 22 de noviembre de 2015, la promoción de la Categoría A-1 a la Categoría A-2 del Escalafón Profesional, a la Dra. Nelba María del Huerto García Plaza, CUIL N° 23-23167980-4, Personal de Planta Permanente del Ministerio de Educación.-
ARTÍCULO 4°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá, una vez realizada la transferencia Con la partida de gastos en personal prevista en la U. de O. F4, Secretaría de Gestión Educativa, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente – Ley 6213.-
ARTÍCULO 5°.- Autorizase, que la erogación que demande el pago de las diferencias retroactivas a los Períodos correspondientes desde el 20/11/2015 al 13/12/2015; 02/07/2017 al 31/12/2017 y desde 01/01/2020 al 31/12/2020 se atenderá con afectación a la partida de la Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente – Ley 6213:
Jurisdicción L DEUDA PÚBLICA
Sección 3 OTRAS EROGACIONES
Sector 10 EROGACIONES P/ATENDER AMORTIZACIÓN DE DEUDAS
C/RENTAS GENERALES
Partida Principal 15 AMORTIZACIÓN DE DEUDAS
Partida Parcial 01 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
Partida Sub-Parcial 26 “Para pago obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios
anteriores”
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome de razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR