BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 26/01/22
EXPTE. Nº 500-517-2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Fíjense, a partir del 1° de octubre de 2021 los nuevos tramos de remuneración bruta para las Asignaciones Familiares Por Hijo y equivalentes conforme se indican en el Anexo adjunto forma parte integrante del presente decreto.-
ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Unidad de Control Previsional las gestiones que – en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-
ARTICULO 4º.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Unidad de Control Previsional, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR