BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 26/01/22

DECRETO Nº 4204-HF/2021.-

EXPTE. Nº 500-495-2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 SET. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Fíjense, a partir del 1° de setiembre de 2021 los nuevos tramos de remuneración bruta e importes para las Asignaciones Familiares Por Hijo y equivalentes conforme se indican en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente decreto.-

ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Unidad de Control Previsional las gestiones que – en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en provincia.-

ARTICULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias que sean necesarias para la implementación de lo aquí dispuesto.-

ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.-

ARTICULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Unidad de Control Previsional, Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Ministerio de Seguridad. Luego, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR