BOLETÍN OFICIAL Nº 9 ANEXO – 21/01/22

DECRETO Nº 3652-S/2021.-

EXPTE. Nº 719-427/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por promovido al Personal de Planta Permanente de la U. de O.: R6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, conforme al Anexo I (Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional Ley Nº 4413) y Anexo II (Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418), que forma parte integrante del presente Decreto, a partir del 1 de junio del 2.015.-

ARTICULO 2º.- Téngase por promovida a la Sra. Pascuala Asunción Limache, CUIL Nº 27-06252993-3, cargo categoría C-4 (i-2) a la categoría C-5 (1-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley Nº 4413, de la U. de C.: R 6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, por el periodo comprendido del 1 de junio de 2.015 al 31 de marzo de 2017 inclusive.-

ARTICULO 3º.- Téngase por promovido al Sr. José Antonio Farfán, CUIL N° 23-12858507-9, cargo categoría A-1 (i-2) a la categoría A-2 (1-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R 6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, por el periodo comprendido del 1 de junio de 2.015 al 20 de enero de 2.017.-

ARTICULO 4º.- Téngase por promovida a la Farmacéutica Claudia Gabriela Duran, CUIL N° 27-24324947-9, cargo categoría A-30 horas a la categoría B-30 horas, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 8-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, por el periodo comprendido del 1 de junio de 2.015 hasta el 25 de diciembre de 2.016 y a partir del 26 de diciembre del 2.016 en la categoría B (j-1) en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2889-S-2.016.-

ARTICULO 5°.- Téngase por promovido al Dr. Mario Alberto López Torio, CUIL N° 20-12295818-4, cargo categoría D (j-2) a la categoría E (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, por el periodo comprendido del 1 de junio de 2.015 hasta el 7 de junio de 2.015 y a partir del 8 de junio del 2.015 en la categoría E (j-1), en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 7965-S-2015.-

ARTICULO 6°.- La erogación del presente trámite se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2.021, Ley N° 6213, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2.021:

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”.

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 8º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento a Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto, y vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR