BOLETÍN OFICIAL Nº 9 ANEXO – 21/01/22
EXPTE. Nº 716-303/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 JUN. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por reconocido al Dr. Ronald Antonio Guido Vásquez, CUIL 20-18823924-3, cargo profesional 24 horas semanales, Ley N° 5498, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en guardia del 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de agosto de 2011, y del 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de agosto de 2015.-
ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Ronald Antonio Guido Vásquez, correspondiente al 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 3 de mayo de 2017, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2021
La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-04 Hospital San Roque.
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR