BOLETÍN OFICIAL Nº 8 ANEXO – 19/01/22
EXPTE Nº 1414-9681/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 601-MS/20, de fecha 28 de Febrero de 2.020, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°: Dispóngase, a partir de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO RADA FERNANDO DANIEL, D.N.I. N° 25.064.993, Legajo N° 14.573, por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14° inc. d) de la Ley de Retiros y Pensiones N° 3759/81 y Decreto N° 1161-MS/16″.-
ARTICULO 2°.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y concordantes de la Ley N° 1886/48.-
ARTICULO 3°.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincia de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR