BOLETÍN OFICIAL Nº 6 ANEXO – 14/01/22
DECRETO ACUERDO Nº 2856-DEyP/2021.-
EXPTE. Nº 660-214/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 MAR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTRORS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Adhiérase la Provincia de Jujuy, a la Ley Nacional de Góndolas, N° 27.545.-
ARTICULO 2°.- Designase Autoridad de Aplicación al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, quien designará el organismo encargado de SU implementación y control.-
ARTICULO 3°.- Déjase sin efecto toda normativa contraria a lo dispuesto en la presente.-
ARTICULO 4°.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Dese a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase al Ministerio de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Salud, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad. Hecho, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a sus efectos. Cumplido, ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR