BOLETÍN OFICIAL Nº 3 ANEXO – 07/01/22

DECRETO Nº 3717-E/2021.-

EXPTE. Nº 1050-393/20.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Rectifíquese el primer párrafo del Considerando, y el Artículo 1° del Decreto N° 943-E-20 de fecha 22 de mayo de 2020, donde dice: “…Decreto N° 1-E­2019…, debe decir: “…Decreto N° 1-G-2019…”, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética. Cumplido, gírese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, y Ministerio de Educación para conocimiento y efectos de su competencia. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR