BOLETÍN OFICIAL Nº 3 ANEXO – 07/01/22
EXPTE. Nº 1050-393/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase la Estructura-Orgánico Funcional y funciones del Ministerio de Educación aprobada por Decreto Nº 1-E-2019 conforme se consigna en los Anexos I a V que se incorporan como parte integrante del presente.‑
ARTÍCULO 2°.- En razón de lo dispuesto en el artículo precedente:
a) En la unidad Ministerio de Educación:
– Créase la Dirección Provincial de Administración bajo la dependencia de la unidad Ministerio de Educación y suprímese la Dirección General de Administración.-
– Créase la Sub Dirección Provincial de Administración bajo la dependencia de la Dirección Provincial de Administración y suprímese la Sub Dirección General de Administración
– Créase la Coordinación General de Control Interno bajo la dependencia de la unidad Ministerio de Educación y suprímese la Coordinación de Control Interno
– Créase la Dirección General Legal y Técnica bajo la dependencia de la unidad Ministerio de Educación y suprímese la Dirección Legal y Técnica
b) En la unidad Secretaría de Infraestructura Educativa:
- Créase la Sub Secretaria de Infraestructura bajo la dependencia de la Secretaría de Infraestructura Educativa
- Modificase la denominación de la Dirección de Obras y Planificación por la de Dirección de Obras.
c) En la unidad Secretaría de Ciencia y Tecnología: Suprímese Coordinación de vinculación Tecnológica.
d) En la unidad Secretaría de Equidad Educativa:
- Transfiérese el Área de Administración Contable de la Secretaría de equidad Educativa bajo la dependencia de la Dirección General de Administración y modificase su denominación por el nombre de Área Compras.
Transfiérase el Área de Deportes y Educación Física de la Secretaría de Equidad Educativa bajo la dependencia de la Secretaría de Infraestructura Educativa y modificase su denominación por el nombre de Dirección de Proyectos
e) En la unidad Dirección General de Administración
- Créase la Sub Jefatura de Área Recursos Humanos bajo la dependencia del Área Recursos Humanos de la Dirección Provincial de Administración.
- Créase la Sub Jefatura de Área Liquidaciones bajo la dependencia del Área Liquidaciones de la Dirección Provincial de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase al Ministerio de Educación la asignación expresa de las correspondientes misiones y funciones de las distintas áreas y/o reparticiones de su dependencia.-
ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a través de la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar los cambios de denominación, dependencia y presupuestarios de las Unidades de Organización necesarios de acuerdo a lo establecido en el presente decreto.-
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, vuelva al Ministerio de Educación. Comuníquese publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal. Cumplido, pase a la Dirección de Trámites y Archivo a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR