BOLETÍN OFICIAL Nº 144 ANEXO – 22/12/21

DECRETO Nº 4283-S/2021.-

EXPTE Nº 721-660/2020.-

Agdos N° 721-148/19, N° 721-356/19, N° 721-681/19, N° 721-685/19, N° 721-824/19, N° 721-1050/19, N° 721-1109/19, N° 721-1201/19, N° 721-1226/19, N° 721-1258/19, N° 721-1261/19, N° 721-1385/19, N° 721-1457/19, N° 721-1527/19, N° 721-1546/19, N° 721-1567/19, N° 721-1603/19, N° 721-1651/19, N° 721-1660/19, N° 721-1666/19, N° 721-1667/19, N° 721-1668/19, N° 721-1694/19, N° 721-1724/19, N° 721-1725/19, N° 721-1726/19, N° 721-1841/19, N° 721-1845/19, N° 721-1861/19, N° 721-1928/19, N° 721-1946/19, N° 721-1947/19, N° 721-1965/19, N° 721-1997/19, N° 721-2010/19, N° 721-2017/19, N° 721-2037/19, N° 721-2076/19, N° 721-2110/19, N° 721-2111/19, N° 721-2112/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 OCT. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expte. N° 721-360/2020 caratulado “ASUNTO: DEUDA PUBLICA 2019 PARTIDA VARIAS” y agregados, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 *Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” DEUDA PÚBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.-

ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR