BOLETÍN OFICIAL Nº 144 ANEXO – 22/12/21

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO Nº 2106-G-2021.-

Ciudad Perico, 09 de Diciembre de 2021.-

VISTO:

La Ordenanza N° 1.535/2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha  03/12/2021;

CONSIDERANDO:

Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1.535/2021, mediante la cual dispone “CREAR EL PROGRAMA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS”.

Que, la trata de personas es uno de los peores crímenes contra las personas ya que vulnera el derecho a la libertad, la dignidad e incluso a la propia vida.

Que, la Línea, se trata de un número de llamada gratuita, de alcance nacional, en el cual la atención esté garantizada las 24hs., los 365 días del año, y que este facultado para recibir denuncias, relacionadas con el delito de Trata de Personas.

Que, conforme lo establecido por el Art, 67 Inc. 23 de la COM, es facultad del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.

Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 2 y cc.) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1: Promúlguese la Ordenanza N° 1.535/2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 03/12/2021.-

ARTICULO 2: Comuníquese y remítase copia del presente Decreto y de la Ordenanza promulgada a la Secretaria de Gobierno, Unidad de Gestión y Coordinación Estratégica, a los efectos de arbitrar medidas tendientes a realizar las gestiones dispuestas por la norma promulgada.

ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido que fuera, archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente