BOLETÍN OFICIAL Nº 141 ANEXO – 15/12/21
EXPTE. Nº 715-236/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.021 Ley N° 6.213, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: 1 Ministerio de Salud U. de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMASE
Categoría N° de cargos
24 (c-4) 2
Agrup. Técnico
Escalafón General
Ley N° 3161/74
Total 2
CREASE
Categoría N° de cargos
13 (c-4) 2
Agrup. Técnico
Escalafón General
Ley N° 3161/74
Total 2
ARTÍCULO 2°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Enfermera, Sara Raquel Castillo, CUIL 23-32606814-4 al Contrato Locación de Servicios que detenta en la categoría 13 (c-4), Agrupamiento Técnico, bajo dependencia de la entonces Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, a partir del 31 de octubre de 2.017.‑
ARTICULO 4°.- Téngase por designada, a la Enfermera, Sara Raquel Castillo, CUIL 23-32606814-4, en el cargo categoría 13 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de Enfermera en el Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del presente dictado del 1 de noviembre de 2.017.‑
ARTÍCULO 5°.- Téngase por designada a la Enfermera, Karen Alejandra Martínez, CUIL 27-35036212-1, en el cargo categoría 13 (c-4), Agrupamiepto Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de Enfermero en el Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 1 de noviembre de 2.017.‑
ARTÍCULO 6°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente 2.021 Ley N° 6.213, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2021:
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 8°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR