BOLETÍN OFICIAL Nº 141 ANEXO – 15/12/21
EXPTE. Nº 1084-542/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Créase el Jardín Independiente N° 21, Segunda Categoría, con servicios destinados al primer y segundo ciclo, Jornada Simple, con Sede en la Escuela N° 34 “Pedro José Portal” de la Localidad La Ovejería, en la ciudad de El Carmen, Provincia de Jujuy.-
ARTICULO 2°.- Asignase al Jardín Independiente N° 21 creado por Articulo 1° el CUE N° 3801025-00, de acuerdo con el Registro de Numeración de Establecimientos Educativos de Educación Común de Jurisdicción Provincial.-
ARTICULO 3°.- Asignase al Jardín Independiente N° 21, para su funcionamiento, la siguiente planta funcional:
Un (1) ……….Director de 2° Categoría, Nivel Inicial, Jornada Simple Secretaria Docente,
Un (1) ……….Nivel Inicial, Jornada Simple
Un (1) ……….Profesor de Educación Física, Nivel Inicial, Jornada Simple
Un (1) ……….Maestro Especial, Jornada Simple
ARTICULO 4°.- La erogación que demande el funcionamiento del Jardín Independiente N° 21 será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación por la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Provincia de Jujuy – Ejercicio 2021 Ley N° 6213.-
ARTICULO 5°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Hecho. Vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR