BOLETÍN OFICIAL Nº 139 ANEXO – 10/12/21

DECRETO Nº 4525-G/2021.-

EXPTE. Nº 400-4990/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2021.-

VISTO:

La actuación decisiva del Personal de Salud en el marco de la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria declarada por Decreto Acuerdo N° 696/S­-2020, ratificado por Ley N° 6.157; y,

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de la declaración de Emergencia Epidemiológica y Sanitaria en todo el territorio Provincial, resultó imprescindible diseñar una estrategia integral del Sistema de Salud Provincial, por la compleja situación nacional e internacional, frente al imperativo de contrarrestar la propagación del virus SARS-COVID-19 (coronavirus).-

Que, en tal contexto, devino necesario planificar el recurso humano, adoptando medidas excepcionales que garantizaron la atención de los servicios esenciales de salud de manera eficiente y eficaz.-

Que, el esfuerzo del personal en primera línea de exposición, con exitosa operatividad y resultado actual, hace meritorio conceder, como reconocimiento, medidas especiales de contención y asistencia social.-

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Instruyese al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (IVUJ), para establecer cupos habitacionales para trabajadores del Sistema de Salud Pública de la Provincia, no menores al cinco por ciento (5 %), de viviendas a adjudicar o construir, en planes habitacionales que a partir de la vigencia del presente se ejecuten en todo el territorio provincial.-

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Instituto de Viviendas y Urbanismo de Jujuy (IVUJ) para dictar las normas operativas y reglamentarias necesarias para cumplimiento de lo dispuesto.-

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Salud.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación integral ya la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Salud, para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR