BOLETÍN OFICIAL Nº 139 ANEXO – 10/12/21

DECRETO Nº 4143-MS/2021.-

EXPTE. Nº 1415-221/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 SET. 2021.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección de Administración y Ejecución Presupuestaria del Servicio Penitenciario de Jujuy, solicita la adquisición de Equipos de Refrigeración, destinado a la adecuada conservación de los alimentos para la población penitenciaria; y

CONSIDERANDO:

Que, se inician las presentes, dando cuenta de la necesidad de contar con los bienes requeridos, para poder garantizar el cumplimiento de las normas de bioseguridad establecidas, las cuales de no cumplirse serían una amenaza para la salud de la población carcelaria y así poder brindar una adecuada alimentación con calidad nutricional, contando con la autorización correspondiente;

Que, obra debida intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia;

Que, obra intervención de la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que, Fiscalía de Estado, aconseja de acuerdo a los montos determinados por el Decreto Acuerdo N° 2934-HF/21, se efectúe el procedimiento de Compra Directa;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1⁰.- Autorizase al MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el marco de la excepción prevista en el artículo 1° -in fine- del Decreto Acuerdo N° 3789-H/2001, a la adquisición de bienes de capital consistente en Equipos de Refrigeración, destinado a la adecuada conservación de los alimentos para la población penitenciaria, mediante el procedimiento de Contratación Directa, conforme Decreto Acuerdo N° 3716-H/78, Reglamento de Contrataciones del Estado, Decreto N° 2934-HF/21, Decreto Ley N° 159-H-G/57 “Ley de Contabilidad” y Ley N° 4958 de “Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy”, quedando facultado para aprobar y culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2⁰.- La erogación emergente, se atenderá con la afectación a la Partida Presupuestaria Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad U. de O. “2B” Dirección General del Servicio Penitenciario, Partida “7.8.1.4.2.5” Bienes de Capital – Fondo Especial de Seguridad Pública”, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2021, Ley N° 6213/20.-

ARTICULO 3⁰.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación integral. Siga a la Dirección de Administración y Ejecución Presupuestaria. Cumplido remítase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Pase a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR