BOLETÍN OFICIAL Nº 137 ANEXO – 03/12/21
EXPTE. Nº 500-408/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUL. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Fíjense, a partir del 1° de Julio de 2021, los nuevos tramos de remuneración bruta para las Asignaciones Familiares conforme se indican en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 2°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3°.- Encomiéndense a la Unidad de Control Previsional las gestiones que – en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.
ARTICULO 4°.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones de: presente Decreto.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Unidad de Control Previsional, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR