BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 31/03/06

Icon_PDF_6SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES

R E S O L U C I O N    Nº    126       – SUSEPU.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22-03-06

 

VISTO:

La Resolución Nº 168-SUSEPU-97, instrumento que en su Artículo 1º establece la fecha de vencimiento de la Tasa de Fiscalización y Control que deben abonar las empresas EJE S.A. y AGUA DE LOS ANDES S.A.; y

 

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario proceder a fijar nuevas fechas de vencimiento de las Tasas de Fiscalización y Control de acuerdo a las metodologías de facturación de cada una de las Empresas, como así también con la finalidad que exista un sólo período de vencimiento para ellas, lo que redundará en un ágil control por parte del Organismo;

Que, consecuentemente debe modificarse el Artículo 1º del dispositivo mencionado en visto;

Por todo ello, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 4937 y su modificatoria Ley Nº 5242;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Por los motivos citados en el exordio, modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 168-SUSEPU de fecha 30 de Octubre de 1997, el que ahora en más quedará redactado de la siguiente forma: “La tasa de Fiscalización y control que deben abonar las Empresas EJE S.A. y AGUA DE LOS ANDES S.A. a este Organismo, lo deberán hacer del décimo al décimo quinto día de cada mes.”.-

ARTICULO 2º.- Asimismo, hacer saber a las Empresas EJE S.A. y AGUA DE LOS ANDES S.A., que la falta de pago en debido tiempo y forma, producirá de pleno derecho la aplicación del interés previsto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 168-SUSEPU de fecha 30 de Octubre del año 1997, el que será calculado desde la fecha de mora, es decir del décimo sexto día de cada mes hasta el día de su definitivo y cancelatorio pago.-

ARTICULO 3º.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del vencimiento de la Tasa de Fiscalización y Control correspondiente al mes de Marzo del año 2006.-

ARTICULO 4º.- Derógase toda otra resolución que se oponga a la presente, en especial la Resolución Nº 120-SUSEPU de fecha 30 de Septiembre de 1998.-

ARTICULO 5º.- Publicar en el Boletín Oficial. Notificar a EJE S.A. y AGUA DE LOS ANDES S.A.. Remitir copia a conocimiento del MPIMA. Pasar a los Dptos. Administrativo, Control de Tarifas, Calidad de Servicios, Legal, Técnico y Agua. Cumplido archívese.-

 

Ing. H.A. RODRIGUEZ FRANCILE

PRESIDENTE SU.SE.PU

31 MARZO LIQ. Nº 52587 $ 8,70