BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 03/05/06
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
RESOLUCION GENERAL Nº 1151/2006
- S. DE JUJUY, 25 DE ABRIL DE 2006.
VISTO:
La Resolución General Nº 1125/2004 y 1140/2005, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3roº de la Resolución General 1125/2004 (ultimo párrafo), reglamenta la fecha de vencimiento para las presentaciones de las solicitudes de exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para la renovación de las mismas por los periodos fiscales 2006/2007, conforme a lo normado por la Ley 4751/94.-
Que el articulo 3roº de la Resolución General Nº 1140/2005 reglamenta la fecha de vencimiento para las presentaciones de las solicitudes de exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes que la solicitan por primera vez para los periodos fiscales 2006/2007, conforme a lo normado por la Ley 4751/94.-
Que, son numerosos los contribuyentes que solicitan la prórroga de tales vencimiento teniendo en cuenta los cambios que se han producido desde la vigencia de la referida resolución.
Por ello:
En uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal – Ley 3202/75 T.O. en 1998 y sus modificatorias, en sus artículos 9 y 10:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: PRORROGAR hasta el 31/05/2006 la fecha tope y única de vencimiento para las presentaciones de las solicitudes de exención en el impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con exclusiva producción en el ámbito del territorio de la Provincia de Jujuy, para los contribuyentes que efectúen dicho trámite por primera vez en forma alternada o renovación consecutiva e ininterrumpida, para el ejercicio fiscal 2006/2007, siempre que a la fecha de dicha solicitud cumplan con las disposiciones establecidas por la Ley 4751/94 y sus respectivas reglamentaciones en vigencia.
ARTICULO 3º: Comuníquese a Secretaría de Hacienda, Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Cumplido archívese.-
Cr. GUILLERMO HORACIO SAPAG
DIRECTOR DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS
03 MAYO S/C