BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 10/11/21

DECRETO Nº 3820-G/2021.-

EXPTE Nº 400-4861-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2021.-

VISTO:

El Decreto N° 7456-G/2003; y,

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto citado, se declaro día no laborable, asueto administrativo y escolar en la ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 6 de agosto de cada ano, con motivo de celebrarse la Fiesta Patronal del “Santísimo Salvador”.

Que, sin perjuicio del reconocimiento y honra que impone la festividad religiosa, tradición profundamente arraigada en el sentimiento de la comunidad católica, resulta razonable, en esta oportunidad, por el presente ano, como excepción, suspender el asueto administrativo y escolar dispuesto por Decreto N° 7456­G/2003, garantizando la continuidad de la actividad privada, administrativa, prestación de servicios públicos, y, en especial, la educación en general, resentidas por la pandemia Covid-19.

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndase la vigencia del Decreto N° 7456-G/2003, dejándose sin efecto durante el año 2021, el asueto administrativo y escolar, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, con motivo de la celebración de la Fiesta Patronal del “Santísimo Salvador”, conforme los motivos expuestos en el exordio.‑

ARTÍCULO 2°.- Invitase a los organismos nacionales e instituciones privadas con sede en San Salvador de Jujuy, y a la ciudadanía en general, a participar de la celebración religiosa, con estricto resguardo de las medidas de profilaxis impuestas por la pandemia covid-19.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga al Ministerio de Educación y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR