BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 08/11/21

RESOLUCION Nº 194-SOTyV/2021.-

EXPTE Nº 617-651/20.-

AGREG. Nº 619-684/21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 OCT. 2021.-

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones de la Sra. CARI, MARTA ELIZABETH D.N.I. N° 26.881.563 sobre el Lote 7 de la Manzana 13, ubicado en la Fracción Padrón A-97472 (Sector ODIJ), de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano – Provincia de Jujuy, quien resultó beneficiada en el Sorteo realizado en fecha 30 de Mayo de 2019, aprobado mediante Resolución N° 132-SOTyV-2019, y no ha hecho efectivo el cumplimiento de la obligación de arraigo y por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por medio del Registro Único de Postulantes procédase a la anulación del Certificado de Adjudicación N° 4025 sobre el Lote 7 de la Manzana 13, ubicado en la Fracción Padrón A-97472 (Sector ODIJ), de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano – Provincia de Jujuy, a nombre de las personas mencionadas en el Artículo anterior.-

ARTÍCULO 3°.- Por medio de la Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor del Sr. CARRERAS, DANTE GUSTAVO D.N.I. N° 18.359.420, junto su grupo familiar, sobre el Lote 7, de la Manzana 13, Padrón A-97472 (Sector ODIJ) quien cumple con la normativa vigente y se encuentra debidamente inscripta en el Programa Jujuy Hábitat.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e inclusión a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3 de la presente y para emisión de la documentación correspondiente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación – en forma sintética – y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, Archívese.‑

 

Ing. C Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda