BOLETÍN OFICIAL Nº 126 ANEXO – 05/11/21

DECRETO Nº 3821-S/2021.-

EXPTE. Nº 735-184/2005.-

Agdos. N° 700-138/06 y N° 721-793/06.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del

Expediente N° 735-184/05 y agregados, caratulado: “MODIFICACION DE SITUACION DE REVISTA SEGÚN ART. N° 24 DE LA LEY N° 4135 “ADICIONAL POR DEDICACION EXCLUSIVA DE LOS PROFESIONALES” DEL DR. FERNANDEZ BALLESTY”, cuando la misma corresponda; previa revisión de las actuaciones a cargo y, de las autoridades responsables, a la partida 03-10-15-01-26 “Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” DEUDA PÚBLICA, prevista eh el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto, y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.‑

ARTICULO 2°.- El presente Decreto Será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3°.- Regístrese Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR