BOLETÍN OFICIAL Nº 126 ANEXO – 05/11/21

DECRETO Nº 3910-CyT/2021.-

EXPTE. Nº 1300-082-2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 AGO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N° 1300-082-2019, caratulado “S/ autorización Deuda Publica 2.018 Editora SA” y agregados N° 1300-384-2018, N° 1300-387-2018, N° 1300-382-2018, N° 1300-368-2018, N° 1300-400-2018, N° 1300-478-2018, N° 1300-594-2018, N° 1300-669-2018, N° 1300-743-2018 y N° 1300-760-2018; a la “Partida 3-10-15-1-26-0 Para Pago de Obligaciones Comprometidas no Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica, prevista en el Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos Ejercicio 2021, Ley N° 6213/2020, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3º.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura Turismo.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR