BOLETÍN OFICIAL Nº 125 ANEXO – 03/11/21

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO ACUERDO N° 1966-G-2021

Ciudad Perico, 29 de Octubre de 2.021.-

EL INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO EN ACUERDO GENERAL DE SECRETARIOS DEL ÁREA EJECUTIVA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- FÍJASE el precio de la entrada o Ingreso al Balneario del Complejo Parque El Retorno por la temporada 2021/2022, en la suma diaria de:

  • PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00) para mayores de diez (10) años.
  • PESOS CIEN ($ 100,00), para menores de entre tres (3) años y diez (10) años-
  • Los menores de dos (2) años deberán abonar un seguro de PESOS CINCUENTA ($ 50,00).

ARTÍCULO 2°.- Los valores mencionados en el Artículo 1° incluyen el costo de la revisación médica que será obligatorio para el uso de la pileta en todos los casos.-

ARTICULO 3°.- FÍJASE el valor de derecho de ingreso en Motocicletas la suma de PESOS CINCUENTA ($ 50,00) por día y por unidad de vehículo. –

ARTÍCULO 4°.- Los carritos de venta de venta de golosinas, comidas y similares, abonarán los montos establecidos por la Ordenanza Tributaria vigente; debiendo en todos los casos contar con el pertinente permiso de venta y carnet sanitario, expedidos por la Dirección de Inspectoría General, quien determinará la ubicación de los espacios para la explotación de dicha actividad comercial.-

ARTÍCULO 5°.- DISPONESE la gratuidad del ingreso y uso de las instalaciones del Parque El Retorno, inclusive al balneario municipal, servicios anexos y seguros para la cobertura de riesgos, a todas aquellas personas que acrediten ser discapacitados y/o jubilados mediante la exhibición de los pertinentes carnet o certificados, expedidos a tales efectos por las autoridades competentes.-

ARTÍCULO 6°.- Autorícese la celebración de Convenios de colaboración y reciprocidad con Instituciones Públicas, Privadas, ONG, Asociaciones Civiles sin fines de lucro, etc.; a fin de que con carácter de gratuidad el personal que depende de las mismas y/o el que ellas dispongan realicen prácticas de natación en los horarios y días que oportunamente se convendrán con la Dirección de Desarrollo Deportivo, para lo cual deberá tenerse siempre presente que los mismos no interfieran en las actividades sociales y/o de recreación que lleva adelante esta MUNICIPALIDAD.-

ARTICULO 7°.- Disponese una reducción del 50% en el precio de entrada y/o ingreso al Balneario del Complejo Parque de Retorno a favor de los empleados municipales y su grupo familiar que se encontraren afiliados a las Asociaciones Sindicales Municipales que hubiere suscripto un Convenio Acuerdo a tales fines con este Municipalidad.-

ARTICULO 8°.- Por Asesoría Legal de este Municipio deberá procederse a la confección de los respectivos Convenios con las partes interesadas a fin de instrumentar lo dispuesto por el presente Decreto.-

ARTICULO 9 º.- Autorizase a la Dirección de Rentas Municipal a la percepción de los valores monetarios determinados por el presente Decreto, los cuales deberán ser reservado en una cuenta especial, hasta tanto se apruebe el proyecto de ordenanza de creación del FONDO MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO DEL DEPORTE, remitido por este Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante Municipal.-

ARTICULO 10°.- Dese cuenta al Concejo Deliberante a los efectos correspondientes.-

ARTÍCULO 11°.- Derogase toda otra norma del Orden Municipal que se contraponga con la presente.-

ARTÍCULO 12°.- Regístrese, comuníquese, pase a la Dirección de Inspectoría General, Dirección de Rentas Municipal, Contaduría y Dirección de Desarrollo Deportivo a sus efectos. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente