BOLETÍN OFICIAL Nº 123 ANEXO – 29/10/21
EXPTE. Nº 700-362/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos — Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R 6-01-09 HOSPITAL “DR. GUILLERMO C. PATERSON”
Categoría N° de Cargos
A-30 horas 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4418
Total 1
A:
- de O.: R 6-01-24 HOSPITAL “GDOR. ING. CARLOS SNOPEK”
Categoría N° de Cargos
A-30 horas 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4418
Total 1
ARTICULO 2º.- Téngase por designado interinamente al Odontólogo Fernando Javier Sachilotto. CUIL 20-22420438-9, en el cargo categoría A-30 horas, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-24 Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”, a partir del 15 de mayo de 2019 y hasta tanto se efectúe el correspondiente llamado a concurso.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2021
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-24 Hospital Gdor. Ing. Carlos Snopek.
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR