BOLETÍN OFICIAL Nº 123 ANEXO – 29/10/21
EXPTE. Nº 715-1014/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Dra. María Fabiana del Carmen Navarro CUIL 27-21157409-2, al adicional (j-2) del cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01 03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 01 de enero de 2019.-
ARTÍCULO 2º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2021 -“Ley N° 6213, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMIR
Categoría N° de Cargos
E 1
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 2
CREASE:
Categoría N° de Cargos
E 1
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
Total 2
ARTÍCULO 3º.- Téngase por adecuada a la Dra. María Fabiana del Carmen Navarro CUIL 27-21157409-2, en el cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 01 de enero de 2019.-
ARTÍCULO 4º.- Téngase por designado en carácter de interino al Dr. Juan Omar Vargas CUIL 20-24474078-3, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de médico en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 01 de junio de 2019 y hasta tanto concluya el llamado a concurso para la cobertura del cargo.-
ARTÍCULO 5°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley 6213, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2021
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR